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Nueva norma lumínica para Chile

Desde 1998, en nuestro país, existe la Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica, inicialmente aplicada en las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, y enfocada en la protección de la calidad astronómica de los cielos nocturnos (MMA, 2023). Esta medida, dirigida principalmente al alumbrado de exteriores, luces de calle, parques, recintos deportivos e industrias, ha buscado restringir la luminosidad de noche, lo que en términos técnicos se describe como la emisión de flujo radiante hacia el hemisferio superior, evitar la sobre-iluminación, limitando la emisión de luz en rangos no beneficiosos para la visión humana, especialmente el azul.

El control de esta normativa recae en la certificación de las fuentes lumínicas reguladas, la cual es realizada por laboratorios autorizados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), previo a su instalación. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) se encarga de la fiscalización, garantizando el cumplimiento de los estándares ambientales definidos por norma.

Frente a un creciente interés en materia de regulación ambiental, en abril de 2019, se inició una actualización de la normativa ante la evidencia de un aumento en la contaminación lumínica y sus impactos en la salud humana y la biodiversidad. La nueva norma (D.S. N°1/2022 MMA) que iniciará su vigencia en aproximadamente un año, expande su enfoque más allá de las regiones definidas como prioritarias, abarcando todo el territorio nacional. Entre las modificaciones más significativas se encuentran la incorporación de la biodiversidad y la salud humana como objetos de protección adicionales a la calidad astronómica de los cielos nocturnos.

Además, se establece una normativa más rigurosa para la emisión de luz azul, reduciendo el porcentaje actual del 15% a un 7% en todo el país, extremando restricciones en áreas de protección especial alcanzando el 1%. Lo anterior se aplica para áreas de observación astronómicas, áreas de biodiversidad protegida y zonas específicas identificadas como hábitat de especies amenazadas por la contaminación lumínica (Plan RECOGE).

La normativa fortalece también el control preventivo al incorporar la regulación de la comercialización de luminarias por parte de la SEC. Además, introduce una aplicación diferenciada a las fuentes emisoras según su ubicación, aplicando la norma tanto a fuentes nuevas como existentes.

Esta actualización marca un avance sustancial en la protección ambiental, considerando no solo la calidad astronómica de los cielos, sino también la salud humana y la conservación de la biodiversidad. Al extender su alcance a nivel nacional y establecer restricciones más rigurosas, la normativa se adapta a la creciente conciencia sobre los impactos de la contaminación lumínica y demuestra el compromiso de Chile con la preservación de sus recursos naturales y la promoción de un entorno más sostenible, reconociendo la heterogeneidad del país y su biodiversidad. La inclusión de medidas preventivas y la consideración de diversos factores reflejan una respuesta apropiada y proactiva ante los desafíos ambientales contemporáneos y futuros.

Mauricio Oyarzo Aguilar

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