
El convulso devenir de la humanidad en este último lustro ha generado un cambio de dirección en su convivencia, sea producto de los efectos en la economía producto de la pandemia o, una vez percibido el regreso a la normalidad, la agudización de conflictos armados de grandes potencias que atentan contra los derechos humanos de personas que, frente a ello, nos dan una lección de resistencia y resiliencia. Entre tanto, un nuevo liderazgo político asumió en Estados Unidos imponiendo aranceles, generando así incertidumbre en los mercados. En Chile, esta noticia fue ponderada en su mérito respecto al cobre y, considerando la exportación del metal en 2024 de un 52.37% para China, un 11.8 % para EE. UU. y un 10.84% para Japón, entre otros; se pudo concluir que no afectaría nuestra inflación y que solo alzó el precio del metal en la bolsa de valores.
Sin embargo, a pesar de que los vaivenes externos no afectaron la inflación, nuestro país no está ajeno a cambios si de impuestos se trata. El 20 de agosto pasado se ingresó un Proyecto de Ley (PDL) de Reforma Tributaria (12 en 11 años) presentado en la Comisión de Hacienda por el ex ministro de esa cartera, Mario Marcel. Los ejes centrales del PDL serían: beneficios para la clase media, el perfeccionamiento del régimen tributario (forma de determinar el impuesto de las empresas) de las micro, pequeñas y medianas empresas y, entre otros puntos, cambios en los dos últimos tramos del Impuesto Global Complementario (IGC) donde, de un 35% de impuesto, se subirá a un 38% y quienes perciban más de $123.564.600 al año, pagarán un 40%.
El primer eje considera permitir a las personas que arriendan una vivienda la deducción del pago de sus impuestos personales (sea impuesto único de segunda categoría o IGC). También busca regular los topes de pago de impuesto territorial (contribuciones) a adultos mayores, y establecer a quien tenga el cuidado de un/a menor la deducción del pago por gastos en educación de sus impuestos personales. Cabe señalar que el beneficio actual considera la suma de los ingresos de los progenitores.
El segundo, es la creación de la Nueva Ruta del Emprendimiento, que consiste en un régimen transitorio simplificado por los dos primeros años de funcionamiento cumpliendo sus obligaciones tributarias en IVA y en renta, mediante el pago de un monto fijo mensual de 1 UTM. Además, un régimen para nuevos emprendimientos de personas naturales o jurídicas que permite acceder al beneficio de la reinversión de utilidades y, un nuevo tope de venta para rentas presuntas de 2.400 UF. También se considera la reposición de la tasa al 20% de Impuesto de Primera Categoría de manera gradual a partir del año 2029 para los ProPyme.
Con todo, en un escenario de debates por la oposición y otras del gobierno del presupuesto nacional, los cambios tributarios al final de un mandato, sumado al clima electoral y sus encuestas, la realidad nos impele a adaptarnos nuevamente, con un pensamiento crítico frente a anuncios en los medios y a denominar las cosas por su nombre.
Elías Karmach Sánchez