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La deuda del sector público en sustentabilidad

El Estado de Chile en su conjunto es el mayor comprador de bienes y servicios a nivel nacional, con un gasto cercano a los 7 billones de pesos, representando aproximadamente un 4% del producto interno bruto nacional (Banco Central de Chile, 2016). Lo anterior representa una excelente oportunidad para utilizar este magnánimo poder de compra del Estado para promover modelos de producción y consumo sustentable, haciéndonos cargo de esta manera de los compromisos que Chile ha asumido tanto a nivel nacional como internacional en materia de sustentabilidad y, lo más importante ,contribuyendo de manera real al desarrollo social y económico que nuestro país tanto necesita, teniendo como eje transversal el respeto y el cuidado del medio ambiente.
De esta manera, el Estado como organismo que debe velar por el bienestar de la sociedad en su conjunto,  no sólo tiene que considerar el precio del bien o servicio que adquiere para el óptimo desarrollo de sus funciones, sino también los costos y externalidades que puede ocasionar a la misma sociedad con las acciones de compra que realiza, teniendo esto como consecuencia, por ejemplo, un aumento en el gasto que debe desembolsar por concepto de salud pública causado por la degradación de nuestro ecosistema.
Entre las principales líneas de acción que manifiesta tener el Ministerio del Medio Ambiente se encuentra la sustentabilidad en el sector público, la cual, tomándome de sus propias palabras, se entiende como “incorporar la sustentabilidad a nivel estratégico en el quehacer público a todo nivel, mediante el diseño e implementación de políticas y prácticas de consumo y producción sustentables, constituyendo un modelo a seguir por el resto de los sectores”. Sin embargo, al indagar un poco más sobre el tema, es lamentable darse cuenta que estas directrices solamente rigen para la adquisición de cuatro tipos de compras: vehículos, papel, productos de calefacción y lámparas, entendiéndose por estas últimas solo las que son utilizadas para iluminación de sedes, pero no las de alumbrado público. Además, no existe obligatoriedad absoluta en el cumplimiento de las prácticas de consumo sustentable que las entidades públicas deben tener al adquirir cualquiera de los bienes y servicios mencionados anteriormente, sino más bien se basan principalmente en “recomendaciones” que entrega la Dirección de Chile Compra a quienes les corresponde tomar este tipo de decisiones. Esto deja a criterio de las personas que se encuentren en estos cargos la opción de velar o no por el cumplimiento de lo “recomendado”, permitiendo así las diversas justificaciones que se pueden encontrar para no incorporar la sustentabilidad en el sector público y por ende quedarnos solamente en las buenas intenciones.
Teniendo solamente recomendaciones, y por ende, en esencia, intenciones, sin una bajada obligatoria y contundente que permita controlar de manera efectiva las prácticas y políticas que se idean a nivel estratégico, es difícil o prácticamente imposible poder  cumplir el objetivo que el ministerio plantea de posicionar al sector público como referente para el país en temas de sustentabilidad y menos, poder pensar en dar cumplimiento a los compromisos internacionales que se han adquirido en la materia.
Paulina Ceballos Garrido

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